Nos queda prácticamente 1 mes para acabar el año 2015 y también para que tengamos en cuenta qué partidas se considerarán en el IRPF del 2015 como reducciones en nuestras bases imponibles. Todos los puntos que a continuación detallamos son a nivel estatal, tenemos que tener siempre presente las posibles deducciones a nivel de Comunidad Autónoma, que podamos acogernos.
¿ALQUILERES, EL PUNTO ESTRELLA?
Para el propietario de la vivienda se mantiene la desgravación, limitada al 60%, con independencia de la edad del inquilino, al contrario que ocurría en el ejercicio anterior que el porcentaje se llevaba al 100% cuando la edad del inquilino era menor de 30 años.Para el inquilino en los contratos de arrendamiento firmados a partir del 2015 se elimina la posibilidad de deducción de cualquier gasto, para los contratos firmados con anterioridad al 1 de enero del 2015, se mantiene una deducción del 10,05% con un tope de 9.040 euros. Teniendo en cuenta que solamente las personas que hayan tenido una base imponible inferior a 24.107,02 euros, podrán acogerse a la misma.
PLANES DE PENSIONES
Un límite de 8.000 euros al año, para aportaciones antes del 31 de diciembre del 2015.
PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS/VIVIENDA HABITUAL
Para compras anteriores al 1 de enero del 2013 un límite de 9.040 euros.
PENSIONES COMPENSATORIAS
Deducibles un 100%.
CUOTAS SINDICALES Y COLEGIOS PROFESIONALES
Deducibles un 100%.
DONATIVOS
Hasta una aportación de 150 euros al año, es deducible un 50%.Lo que supere 150 euros al año, 27,5% adicionales.Si se ha donado durante los dos años anteriores a la misma entidad al menos 150 euros anuales, lo que supere esa cantidad se beneficiará de un 32,5%.
CUOTAS A PARTIDOS POLÍTICOS
Deducción en la cuota de un 20% hasta un máximo de 600 euros.Estos son los pilares básicos muy resumidos en los que nos podemos guiar, una declaración del IRPF esconde detrás una legislación muy amplia llena de matices, cualquier duda lo mejor es pedir consejo a un profesional que no solamente pueda confeccionar sin más una declaración del IRPF, sino que también sepa realizarla de la manera más óptima para el contribuyente.
Manuel Ramos
Asesor Fiscal en Mora Abogados
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